En septiembre participamos de la consulta pública organizada por la Dirección General de Protección de Datos Personales (DGPDP) sobre su Proyecto de “Directiva para el Tratamiento de Datos Personales mediante Sistemas de Videovigilancia”. Este esfuerzo busca señalar los límites que deben imponerse a estas tecnologías para que su uso no afecte la privacidad más allá de lo estrictamente necesario para garantizar la seguridad pública.
Sobre la propuesta de Directiva
A finales de agosto del 2019, se hizo pública la DGPDP publicó un borrador sobre una nueva normativa para el tratamiento de datos cuando se utilizaran cámaras de videovigilancia. En un ejercicio de transparencia destacable, la DGPDP abrió un período de recepción de comentarios para todos los interesados que culminó en setiembre.
Algunos de los aspectos principales del borrador de la Directiva eran que: (a) regulaba en qué situaciones estaba permitido tratar datos personales a través de la grabación de cámaras de videovigilancia, (b) establecía una serie de principios que debían ser respetados a la hora de realizar el tratamiento de los datos, y, (c) señalaba algunas obligaciones específicas respecto del tipo de cámaras como el plazo de almacenamiento, los protocolos de seguridad, etc.
Hiperderecho ha intervenido en el pasado con el propósito de resguardar los derechos de los usuarios frente a los usos indiscriminados de las herramientas tecnológicas. Así, por ejemplo, en el caso de la denuncia que hicimos contra la ONPE y que culminó en una sanción contra esta entidad por parte de la DGPDP. Más recientemente, también presentamos denuncias contra Telefónica por explotar comercialmente los datos derivados de la geolocalización de sus usuarios. Desde nuestra experiencia como observadores de la interacción entre la protección de datos y la tecnología, consideramos que habían puntos a mejorar en la Directiva y hemos enviado los siguientes comentarios.
Texto de Carlos Guerrero, director de políticas públicas de Hiperderecho, publicado originalmente en 25 de noviembre de 2019. Lea el texto completo en la página de Hiperdecho y revise los argumentos presentados en la consulta pública.
Imagen original CC-BY (Chris Friese).